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© Afundacion | 08/07/2022 | Campamentos 2022

Más de 200 personas con discapacidad intelectual se beneficiarán de las vacaciones de verano más inclusivas

Un total de 222 personas con discapacidad intelectual participarán en los turnos de vacaciones organizados por Special Olympics.

08/07/2022 | Pontevedra / Arcade / Vilanova de Arousa

El gerente de Afundación D. Pedro Otero, la vicepresidenta de Special Olympics Galicia Dña. Carmela González Lagarón y el Presidente de Special Olympics Galicia D. Eladio Fernández, presentaron esta mañana en la Sede de Afundación, una nueva edición de las vacaciones de verano, que este año acogerá a 222 personas entre personas con discapacidad intelectual y 79 monitores.

El programa de vacaciones de Special Olympics Galicia suele desarrollarse todos los años entre los meses de julio a septiembre, ofreciendo a las personas con discapacidad intelectual una amplia oferta de actividades con el objetivo de potenciar la participación en la sociedad, la convivencia y el disfrute de manera normalizada y en igualdad de condiciones al resto de ciudadanos. En concreto, los turnos de vacaciones tendrán una duración de 7 días cada uno, y se repartirán entre la Residencia de Estudiantes de Afundación (Pontevedra), el Colegio Santiago Apóstol (Arcade) y Hotel Leal (Vilanova de Arousa).

En total, participarán personas de 14 entidades gallegas a través de 9 turnos en las localidades de Pontevedra, Vilanova de Arousa y Arcade.

Estas entidades son:

- Por la provincia de A Coruña: ASPAS (Santiago), Ricardo Baró/Aspronaga (A Coruña), APADER (Cedeira), Chamorro (Narón), Pai Menni y ADCOR (A Coruña)

- Por la provincia de Pontevedra: San Francisco (Vigo), Saladino Cortizo (Vigo), Aspavi (Pontevedra) y Aceesca (Porriño).

- Por la provincia de Ourense: ASFAVAL (Carballiño).

- Por la provincia de Lugo: Eu Son (Burela), San Vicente (Lugo) y ASPANANE (Viveiro)

Con estas estancias Special Olympics Galicia pretende dar cumplimiento a su misión, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y de sus familias también en este terreno fundamental del ocio y del tiempo libre, y evitando la inclusión de estas personas en programas menos normalizados y de mayor coste económico y social. Debemos recordar que el artículo 30 de la Convención de la ONU sobre derechos de las personas con discapacidad recoge el derecho de estas personas a participar, en igualdad de condiciones con el resto, “en la vida cultural, las actividades recreativas, el ocio y el deporte”. En su apartado 5, este artículo afirma que, el fin de garantizar el pleno ejercicio de este derecho, los Estados deben adoptar las medidas pertinentes para “asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas”.

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